La empresa distribuidora EdERSA informó que presentó a la Justicia, en tiempo y forma, la respuesta al pedido de información demandado por el juzgado Contencioso Administrativo de General Roca, a partir de dos amparos interpuestos por usuarios de esa localidad.
En esta respuesta se reafirmó que la Justicia “no es la vía idónea para definir cuestiones que tiene que ver con la tarifa eléctrica” dado que por ley existe un Regulador, algo que ya había señalado el juez en primera instancia.“
Es decir, más allá que se quiera confundir a la opinión pública, la única realidad es que la justicia no es el ámbito donde deban analizarse definiciones tarifarias, y lo otro importante es que “EdERSA no fija ninguno de los ítems de su factura, porque el Costo de Abastecimiento lo define Nación, el VAD el Ente Regulador y los impuestos, cada una de las jurisdicciones”, detallaron.
La semana pasada, el juez Lafuente había rechazado la medida cautelar interpuesta contra las resoluciones provinciales que definieron las últimas tarifas eléctricas de la distribuidora EdERSA y que, a la vez, le había hecho lugar a dos recursos de amparo interpuestos por usuarios residenciales de esa localidad -de los tres presentados-.
Lafuente encontró “improcedente” la medida cautelar interpuesta contra las Resoluciones del Ente Regulador N° 135, 136, 103 y 39/2024, dejando en claro que de haberlo hecho se estaría ante un “avasallamiento del derecho de defensa” de EdERSA. Así, ratificó que no existe ningún vicio tanto en definición de la tarifa como en su aplicación.