El fuero de Familia en Cipolletti, resolvió eximir a un abuelo de la obligación de pagar una cuota alimentaria subsidiaria destinada a su nieta, luego de confirmar que el padre de la menor comenzó a cumplir con sus responsabilidades económicas de forma regular. La medida también ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) detener los descuentos aplicados sobre los haberes jubilatorios del adulto mayor.
El abuelo había solicitado que se interrumpiera la retención del 18% de su jubilación, argumentando no solo el cumplimiento del padre, sino también problemas de salud y los gastos médicos de su esposa, lo que comprometía gravemente su situación económica.
Por su parte, la madre de la niña se opuso al cese de la cuota, señalando el historial de incumplimiento del padre y expresando preocupación por la posible vulnerabilidad económica de su hija si el abuelo dejaba de contribuir.
No obstante, el juez destacó que la responsabilidad alimentaria principal recae en los padres y que la intervención del abuelo, en carácter de garante, ya no era necesaria dado que el progenitor había regularizado su situación. En consecuencia, se dispuso el cese de la retención en los haberes jubilatorios del abuelo y se notificó a la Anses y al Registro Civil para dejar sin efecto la medida.