La Secretaria de Servicio Públicos del Municipio de Roca, decidió extender hasta el 15 de agosto el periodo habilitado para la temporada de poda del arbolado público. Recordaron que según la Ordenanza 4915/20 , se debe presentar una solicitud y después de obtenido el permiso se podrá realizar la poda por parte del frentista en forma directa o contratando personal capacitado.
Al mismo tiempo remarcaron que quienes dañen, destruyan, realicen poda sin previa autorización o extraigan árboles en la vía pública o depositen el producto de la poda en plazas o paseos, se le aplicará una multa estipulada en la ordenanza o en su defecto, en el Código Municipal de Faltas.
La única autorización válida para realizar Poda (invierno) o Extracción (todo el año) es el Acta labrada con firma y sello del funcionario actuante, que surge de la solicitud presentada en Mesa de Entradas o por mail a [email protected] . La autorización se retira en Servicios Públicos, en calle España 1650 de la ciudad.
Además, el retiro de ramas y troncos debe efectuarse en forma inmediata por parte del frentista del inmueble. Está prohibido depositarlo en plazas o espacios verdes, siendo el único lugar autorizado para depositar el producto de la poda es la Planta de Tratamiento de Residuos I, situada en calle Vintter frente al Parque Industrial I de Roca.